El Responsable Legal de una Actividad obra o proyecto (AOP) en cumplimiento a las medidas comprometidas en la Licencia Ambiental y aprobadas por la Autoridad ambiental competente departamental (AACD), deberá presentar cuando corresponda Ingenieria medio ambiental IMAs, en los que reportará el avance y situación ambiental de la AOP durante las etapas de ejecución, operación, mantenimiento, cierre, rehabilitación, abandono y post-cierre.
Marco Legal
La Ley N° 1333 de Medio Ambiente del 27 de abril de 1992 y el Decreto Supremo Nº 3549 del 02 de mayo de 2018, junto con sus Reglamentos, modifican el Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA) y establecen manuales técnicos para la revisión de IRAP´S y emisión de licencias ambientales, tanto a nivel ministerial como departamental.
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Fecha Actualización
20/09/2024
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